Análisis

Qué cambia la Ley de Economía Digital en el onboarding de bancos y fintech en México 

La Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos es el proyecto con el que el Gobierno de México busca ampliar el uso de pagos electrónicos y reducir de forma gradual el peso del efectivo en determinadas actividades. La Cámara de Diputados lo aprobó el 6 de octubre de 2026 y la minuta está ahora en el Senado, por lo que todavía no es ley vigente. 

Casi toda la conversación pública gira en torno al efectivo, las gasolineras y las casetas. Para bancos y fintech, la disposición con más consecuencias operativas está en otro artículo, el que reconoce la CURP Digital como mecanismo de confianza en la contratación digital de servicios financieros. Ahí es donde quiero detenerme. 

¿Qué es la Ley de Economía Digital? 

La Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos es una norma de orden público y observancia en todo el territorio nacional. Su objeto es promover la adopción de medios de pago electrónicos y digitales. Su ficha en el Sistema de Información Legislativo resume el propósito en «cerrar la brecha entre la infraestructura disponible y su uso efectivo», para que cualquier persona pueda pagar de forma digital. 

El Ejecutivo federal la presentó el 8 de septiembre de 2026 junto con las reformas del Paquete Económico 2027. Se ha leído sobre todo como una ley de pagos, pero buena parte de su articulado trata de identidad. Incluye la CURP Digital, el Expediente Digital Ciudadano y las reglas para contratar servicios financieros a distancia. 

¿En qué punto está? Calendario del proceso legislativo 

El proyecto ya superó la Cámara de Diputados, pero le quedan varios pasos antes de producir efectos. 

Fecha Hito Qué significa
8 sep 2026 Presentación del Ejecutivo ante el Congreso Arranca el proceso legislativo
9 sep 2026 Publicación en la Gaceta Parlamentaria El texto oficial queda disponible para análisis
2 oct 2026 Dictamen aprobado en la Comisión de Hacienda y Crédito Público Incluye modificaciones en lo particular
6 oct 2026 Aprobación en el Pleno de Diputados La minuta se turna al Senado
Pendiente Discusión en el Senado Puede aprobarla, modificarla o devolverla
Pendiente Publicación en el DOF y entrada en vigor Empiezan a correr los plazos
Pendiente La SHCP define los sectores estratégicos (15 días hábiles tras la entrada en vigor) Primera lista de actividades con pago solo digital

Para las entidades, el calendario que importa empieza después de la publicación. La ley fija el qué y deja buena parte del cómo a las disposiciones que emitan la SHCP, Banxico, la CNBV y las autoridades de cada sector. Ese desarrollo definirá los requisitos técnicos, los costos y las obligaciones concretas. 

Las tres claves de la iniciativa 

La Ley de Economía Digital se apoya en tres ejes: hacer obligatorio el pago digital en ciertas actividades, incorporar la identidad digital del Estado a la contratación de servicios financieros y ampliar las facultades de los reguladores de pagos. Los tres están conectados, porque obligar a pagar en digital solo funciona si más personas pueden abrir una cuenta en remoto. Por eso, aunque el debate público se ha centrado en el primero, para una entidad financiera el segundo es el que más cambia el trabajo diario. 

1. Pago digital obligatorio en sectores estratégicos 
La SHCP podrá determinar sectores y actividades en los que el pago digital sea la única forma de pago aceptada (art. 13). Cada autoridad sectorial fijará después las condiciones y los plazos de transición (art. 14). El Gobierno ha mencionado gasolineras y casetas de peaje como punto de partida. La ley no prohíbe el efectivo. El artículo 15 lo admite, junto al cheque, cuando una contingencia impide cobrar en digital, y el 16 impide invocar esa excepción de forma permanente. 

2. CURP Digital y Expediente Digital Ciudadano 
La CURP Digital se aceptaría como mecanismo de confianza para contratar servicios financieros por canales digitales, siempre a elección de la persona usuaria (arts. 5 y 6). El Expediente Digital Ciudadano permitiría a las entidades consultar documentos con autorización del usuario. Esos documentos tendrían los mismos efectos jurídicos que sus equivalentes físicos (arts. 7 a 9). 

3. Más facultades para Banxico y la CNBV 
Banxico podrá ampliar los niveles de operación de las cuentas de depósito a la vista, impulsar herramientas para transferencias y homologar la experiencia de uso de las apps financieras. Junto con la CNBV, podrá exigir que quien cobra con TPV acepte también pagos con QR (art. 19). La infraestructura base serán SPEI y los rieles de pago CoDi y DiMo. 

Qué significa la CURP Digital como mecanismo de confianza en la contratación digital 

El texto establece que las entidades financieras aceptarán la CURP Digital como mecanismo de confianza para la contratación digital de servicios financieros, conforme a las disposiciones que emitan las autoridades. El artículo siguiente añade que la persona usuaria puede elegir entre la CURP Digital y cualquier otro mecanismo de identificación oficial. Sobre qué es la CURP biométrica y cómo se tramita ya publicamos un análisis aparte. Aquí me interesa el papel jurídico que pasaría a tener frente a un banco. 

La banca ve en ella una oportunidad. Emilio Romano, presidente de la Asociación de Bancos de México (ABM), la describió en una entrevista como una clave virtual que el usuario abre, cierra y actualiza de forma centralizada. Según explicó, permitiría abrir cuentas desde el celular sin las consultas recurrentes al INE que hoy forman parte del proceso. 

Comparto el diagnóstico sobre la fricción, aunque veo tres matices que conviene tener presentes desde ya. 

El primero es que el flujo lo elige el cliente. Como la CURP Digital convive con el resto de identificaciones oficiales, la entidad tendrá que sostener al menos dos caminos de alta, y los dos deben ofrecer el mismo nivel de garantía. En fraude de identidad, el atacante siempre prueba primero la puerta más débil. 

El segundo tiene que ver con lo que acredita la credencial. Una CURP Digital válida confirma que una identidad existe y que sus datos son correctos. La entidad sigue necesitando comprobar que quien la presenta es su titular, que está presente en ese momento y que la captura no ha sido manipulada. Mi lectura es que reconocerla como mecanismo de confianza no traslada esa responsabilidad fuera del banco. 

El tercero es el efecto de concentrar. Cuanto más valor acumula una sola credencial, más atractiva resulta para el fraude. El ataque tiende entonces a moverse de la falsificación de documentos al control de la sesión o del dispositivo desde el que se autoriza el acceso. 

Hay además un contexto jurídico que no conviene perder de vista. El 26 de junio de 2026, el Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito publicó tres tesis aisladas que piden una protección reforzada frente a la recopilación masiva y centralizada de datos biométricos por parte de las autoridades. Son criterios orientadores, no obligatorios. Aun así, es razonable esperar que ese escrutinio alcance también a cómo las entidades privadas consultan y conservan esos datos. 

Qué implica para bancos y fintech 

Disposición Impacto en la entidad Qué preparar
CURP Digital (arts. 5-6) Aceptarla como mecanismo de confianza sin retirar otras identificaciones oficiales Flujos de alta paralelos con el mismo nivel de verificación biométrica y prueba de vida
Expediente Digital Ciudadano (arts. 7-9) Consulta y portabilidad de documentos a petición del usuario, con efectos jurídicos equivalentes a los físicos Registro del consentimiento y trazabilidad de cada consulta
QR junto a TPV (art. 19) Nuevos canales de cobro para comercios y adquirentes Supervisión del alta de comercios y cuentas receptoras
Crédito por medios digitales (art. 20) Obligación de facilitar créditos y préstamos por canales digitales Verificación de identidad reforzada en la originación remota

El Expediente Digital Ciudadano sigue una lógica parecida a la de la CURP. Si un documento digital vale lo mismo que el físico, el riesgo ya no está tanto en comprobar el documento. Está más bien en confirmar que quien pide su portabilidad es la persona a la que pertenece. 

La ley llega además en paralelo a la reforma biométrica de la CNBV (Anexo 71), cuyo plazo de adecuación vence entre finales de octubre y principios de noviembre de 2026. Muchas entidades estarán ajustando su infraestructura biométrica mientras el Senado discute esta minuta, y tiene sentido diseñar ambos frentes a la vez. Para el canal remoto, los requisitos de identificación no presencial de la CNBV seguirán siendo la referencia mientras no existan disposiciones específicas sobre la CURP Digital. 

Cuando el canal digital es obligatorio, el fraude también se digitaliza 

Durante la discusión en el Pleno, el diputado Emilio Suárez Licona (PRI) señaló que la ley no contempla la prevención de fraudes ni de otros ciberdelitos. Al margen del debate legislativo, la observación apunta a un problema operativo que las entidades conocen bien. 

La ley va a llevar al canal digital a personas que hoy pagan casi todo en efectivo. Muchas tienen poca experiencia con la banca móvil y están más expuestas a la ingeniería social. También facilitará cuentas simplificadas abiertas en remoto, un producto que las redes de cuentas mula buscan precisamente por su baja fricción. A esto se suman los ataques que ya vemos en el onboarding remoto, como deepfakes, documentos manipulados y ataques de inyección que sustituyen la cámara real por un video fabricado. Todos se concentran en el momento del alta, y por eso la prueba de vida (liveness) y la defensa frente a ataques de inyección pasan a ser requisitos de base. El patrón tampoco es nuevo en México. La suplantación de instituciones financieras en México y la evolución del fraude digital en México muestran cómo el fraude se adapta a cada canal que gana usuarios. 

La ABM sostiene que reducir el efectivo aporta trazabilidad y dificulta las actividades ilícitas. Esa trazabilidad depende de que la identidad detrás de cada cuenta sea real. Una cuenta mula es perfectamente rastreable hasta alguien que no es quien mueve el dinero. Por eso la verificación en el alta y la supervisión de la cuenta a lo largo del tiempo forman parte del mismo objetivo que persigue la ley. 

Cómo preparar a una entidad financiera para la Ley de Economía Digital 

Mientras el Senado discute la minuta, hay trabajo que no depende del texto final y que encaja con las obligaciones de cumplimiento CNBV ya vigentes. Casi todos los puntos parten de un onboarding digital con verificación biométrica bien diseñado. 

  • Mapear los flujos de alta digital y los productos que podrían contratarse con CURP Digital. 
  • Diseñar el flujo con CURP Digital y el flujo con identificación oficial con el mismo nivel de garantía. 
  • Mantener la verificación biométrica con prueba de vida y la defensa frente a inyección en ambos flujos. 
  • Registrar el consentimiento, las consultas al Expediente Digital Ciudadano y la evidencia de cada alta para auditoría. 
  • Revisar las reglas de monitoreo de cuentas simplificadas abiertas en remoto. 
  • Preparar un plan de contingencias ante caídas de conectividad o de los servicios de validación externos. 
  • Seguir el paso por el Senado y las disposiciones de la SHCP, Banxico y la CNBV. 

FAQS 

Es el proyecto que expide la Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos, presentado por el Ejecutivo federal el 8 de septiembre de 2026. Busca que cualquier persona pueda pagar de forma digital y reconoce la CURP Digital como mecanismo de confianza en la contratación digital de servicios financieros.

No. La Cámara de Diputados la aprobó el 6 de octubre de 2026 y la minuta pasó al Senado. Todavía faltan su aprobación en esa cámara, la publicación en el Diario Oficial de la Federación y la entrada en vigor.

No lo prohíbe. Permite que Hacienda determine sectores estratégicos en los que el pago digital sea la única forma de pago, con una transición gradual. Además, mantiene el efectivo o el cheque cuando una contingencia impida recibir pagos digitales.

Los determinaría la SHCP en un plazo de 15 días hábiles tras la entrada en vigor. El Gobierno ha mencionado gasolineras y casetas de peaje como primeros sectores.

La CURP Digital se aceptaría como mecanismo de confianza para contratar servicios financieros por canales digitales. Es una opción de la persona usuaria, que puede usar la CURP Digital o cualquier otra identificación oficial.

No. La persona usuaria elige entre la CURP Digital y cualquier otro mecanismo de identificación oficial, por lo que las entidades tendrían que admitir ambos. 

Deben revisar sus flujos de alta digital para admitir la CURP Digital junto a otras identificaciones oficiales. También conviene reforzar la verificación biométrica con prueba de vida y defensa frente a ataques de inyección, documentar la trazabilidad y seguir las disposiciones de Banxico, la CNBV y la SHCP.

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