La evolución tecnológica ha transformado la forma en que interactuamos con el mundo digital, pero junto con estos avances, surge la necesidad crucial de proteger la privacidad y los datos personales. En este blog, exploraremos tres aspectos fundamentales: la Evaluación de Impacto en la Protección de Datos Personales (EIPD), el artículo 35 del RGPD que aborda la evaluación de impacto y cómo Facephi asegura la protección de datos biométricos.
EIPD en el contexto de la normativa de datos
La Evaluación de Impacto en la Protección de Datos Personales (EIPD), también conocida como Privacy Impact Assessment (PIA) en inglés, se convierte en una herramienta cuando sea probable que un tratamiento vaya a entrañar un alto riesgo para los derechos y libertades de las personas. Es un ejercicio detallado de análisis de riesgos que abarca sistemas de información, productos o servicios. Esta evaluación permite la identificación y gestión proactiva de los riesgos para la privacidad, fortaleciendo la seguridad de los datos personales.
Artículo 35 RGPD: Evaluación de Impacto relativa a la Protección de Datos
El artículo 35 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) establece claramente la obligación de realizar una Evaluación de Impacto antes de llevar a cabo ciertos tratamientos de datos que podrían entrañar un alto riesgo para los derechos y libertades individuales. Esta evaluación incluye:
- Una descripción sistemática de las operaciones de tratamiento previstas y de los fines del tratamiento, inclusive, cuando proceda, el interés legítimo perseguido por el responsable del tratamiento.
- Una evaluación de la necesidad y la proporcionalidad de las operaciones de tratamiento con respecto a su finalidad.
- Una evaluación de los riesgos para los derechos y libertades de los interesados a que se refiere el apartado 1.
- Las medidas previstas para afrontar los riesgos, incluidas garantías, medidas de seguridad y mecanismos que garanticen la protección de datos personales, y a demostrar la conformidad con el presente Reglamento, teniendo en cuenta los derechos e intereses legítimos de los interesados y de otras personas afectadas.
Es una medida proactiva que busca asegurar la conformidad con el RGPD y proteger los derechos e intereses de las personas.
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) establece una lista de tratamientos en la que, de cumplirse dos o más criterios, se debe realizar la EIPD. En ella están los tratamientos que impliquen el uso de categorías especiales de datos, uso de datos biométricos con el propósito de identificar de manera única a una persona física, uso de nuevas tecnologías, etc…
El Compromiso de Facephi
Los datos biométricos son únicos y sensibles, abriendo un mundo de posibilidades y desafíos. En este contexto, es crucial que el nivel de seguridad sea óptimo. Facephi, como líder en protección y verificación de identidad digital, destaca por su compromiso en garantizar la máxima seguridad para los datos biométricos. ¿Todavía no sabes cómo protegemos tus datos biométricos?
En un mundo cada vez más digitalizado, la protección de datos es una responsabilidad compartida. Desde la evaluación de impacto hasta la seguridad de los datos biométricos, cada medida es un eslabón crucial en la cadena de la privacidad digital. Facephi, a través de su innovación y compromiso, nos muestra cómo la tecnología puede avanzar sin comprometer la seguridad y la privacidad de los usuarios.
Proteger la identidad digital es un reto continuo, pero con herramientas como la EIPD, el cumplimiento de la normativa y tecnologías de protección de la identidad avanzadas, estamos un paso más cerca de un futuro digital más seguro y respetuoso con la privacidad.