Prepara tus sucursales para la biometría facial que exige la CNBV antes de la fecha límite
La nueva resolución incorpora la biometría facial como un método adicional de verificación de identidad en operaciones presenciales. Con nuestra tecnología, ya certificada, cumples a tiempo y evitas sanciones.
70
días laborables restantes
90%
de coincidencia mínima contra INE/SRE
ISO 30107-3
certificación requerida por el Anexo 71
Pedir demo
Con la confianza de bancos en toda América Latina
La solución
Todo lo que exige la regulación, en una sola plataforma
Captura, verificación, base de datos y evidencia: todos los requisitos del Anexo 71, cubiertos.
La certificación que exige la normativa
Detección de vida pasiva certificada por iBeta Nivel 2 conforme a ISO/IEC 30107-3, requisito del Anexo 71. Además, incorporamos protección contra inyección y ataques de deepfake.
Verificación contra INE y SRE
Huella verificada en línea contra el registro y rostro cotejado 1:1 contra el expediente, con ≥90% de coincidencia en segundos y evidencia documental automática en cada verificación.
Implementación on-premise o dedicada
Infraestructura segregada, red independiente y cifrado en tránsito y en reposo, conforme a lo que exige el Anexo 71. Sin puntos únicos de falla.
Operativo dentro del plazo
API-first más SDKs para sucursales, cajeros automáticos y kioscos. Primero empleados (un piloto natural), luego toda la red. En cuestión de semanas.
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Un resumen en una página con lo esencial de la resolución: qué exige, a quién aplica, plazos y checklist del Anexo 71.
La regulación
Hoja de ruta regulatoria: cuatro hitos que definen el proyecto
Fase 1 · Inicio
2 de julio de 2026
Entrada en vigor
La resolución entra en vigor legal (al día siguiente de su publicación en el DOF). Todas las instituciones de crédito deben iniciar su alineación.
Fase 2 · Aviso
~1 de agosto de 2026
Aviso de BD existente
Los bancos con una base de datos biométrica activa presentan un aviso formal mediante el Anexo 75, indicando fechas y tipos de biométricos. Sin costo ni sanción.
30 días naturales
Fase 3 · Fecha límite
Finales de octubre / inicios de noviembre de 2026
Cumplimiento total
Alineación con todos los artículos modificados y las especificaciones de infraestructura del Anexo 71, incluyendo sistemas de biometría facial.
70 días hábiles · estimado
Ongoing
Operación permanente
Restricción de modalidad
Las bases de datos se limitan a huella dactilar y datos faciales (Anexo 71); iris y voz permanecen prohibidos hasta que la CNBV emita nuevas disposiciones técnicas.
Cómo funciona el producto
Registra una vez. Verifica en cualquier canal
Un solo motor biométrico y una única base de datos compatible con el Anexo 71. La misma identidad se utiliza en sucursal, cajero automático, kiosco, aplicación móvil y sitio web.
También funciona sin una base de datos propia: la verificación puede realizarse en línea contra las bases del INE o la SRE en cada operación realizada en ventanilla. Elegir el flujo adecuado es una de las primeras decisiones del proyecto.
Asistido: registro biométrico
Esquema obligatorio por regulación para la primera captura. El registro se realiza en ventanilla, con el apoyo de un colaborador y validación automática de la calidad biométrica.
No asistido: autenticación
Una vez registrado, el cliente puede verificar su identidad por sí mismo (comparación 1:1) desde un cajero automático, kiosco, aplicación móvil o sitio web, siempre que la regulación lo permita.
Mixto
Registro biométrico asistido y autenticación en cualquier canal. Un único patrón biométrico y evidencia automática de cada operación.
Soberanía de despliegue
Dentro de tu infraestructura y alineada con tu regulador.
Para equipos de Cumplimiento y AML
Listo para la CNBV desde el primer día
Cada verificación, trazable y disponible para la CNBV, como exige el artículo 51 Bis 2.
- Soporte para la notificación del Anexo 75 y la validación anual por parte del controlador interno.
- Trazabilidad explicable de cada decisión: cuando la CNBV lo solicite, habrá una respuesta.
Por qué Facephi
Lo que marca la diferencia en un proyecto con la CNBV
Capacidades que la regulación convierte en requisitos y donde otros proveedores suelen quedarse cortos.
Comparación basada en análisis interno de mercado (2025) frente a los principales proveedores de verificación de identidad en México.
Alineado con estándares y reconocimientos internacionales
Las credenciales que el área de Cumplimiento necesita para aprobar la solución
Tecnología ética certificada, alineada con marcos de referencia internacionales y reconocida por organismos independientes y analistas del sector.
Casos de éxito
Bancos que ya están verificando identidad con Facephi
Preguntas frecuentes
La resolución de la CNBV, explicada de forma clara
Publicada en el DOF el 1 de julio de 2026, esta resolución modifica la Circular Única de Bancos e incorpora la biometría facial, junto con la huella dactilar, como mecanismo para identificar y autenticar a los clientes en operaciones presenciales. La huella se verifica en línea contra el INE, la SRE u otra autoridad federal (con una coincidencia mínima del 90%); el rostro se coteja en un esquema 1:1 contra el expediente del cliente o la base de datos de la institución.
Instituciones de crédito en México: banca múltiple y banca de desarrollo. Aplica a operaciones presenciales de personas físicas vinculadas a cuentas de nivel 3 y 4, incluso cuando la cuenta haya sido abierta en otra institución.
90 días hábiles a partir de la entrada en vigor (2 de julio de 2026): aproximadamente finales de octubre o principios de noviembre de 2026. Los bancos que ya cuenten con una base de datos biométrica también deben notificar a la CNBV dentro de un plazo de 30 días naturales.
Detección de ataques de presentación conforme a ISO/IEC 30107-3 o certificación de verificación facial, deduplicación 1:N bajo NIST FRVT, calidad de imagen conforme a ISO 19794-5 y al estándar de la OACI, captura asistida en un entorno controlado y una infraestructura dedicada y segregada con cifrado y evidencia documental.
Sí. El art. 51 Bis 2 de la CUB permite expresamente la contratación de terceros para los servicios necesarios para crear las bases de datos biométricas, siempre bajo los requisitos del Anexo 71.
No, es opcional. La identidad del cliente se verifica inicialmente contra la base de datos oficial de la autoridad competente (INE o SRE). Las organizaciones también pueden crear y utilizar su propia base de datos biométrica para verificaciones posteriores de clientes previamente registrados. En todos los casos, se requiere tecnología de captura certificada y conectividad con los servicios de verificación del INE o la SRE.
¿Estará listo tu banco para cumplir con el Anexo 71 cuando entre en vigor a finales de octubre o principios de noviembre de 2026?
Conoce la plataforma en una sesión con uno de nuestros especialistas. Analizaremos la situación de tu banco frente a los requisitos del Anexo 71 (ya sea mediante verificación por operación contra INE/SRE o con una base de datos biométrica propia), identificaremos posibles brechas de cumplimiento y revisaremos un plan de adaptación. Sin compromiso.